martes, abril 30, 2024

Unidad de Acceso a la Información Pública

Es el derecho de toda persona a acceder a información en posesión de los sujetos obligados, según lo establece el Decreto 57-2008. Es esencial para promover la transparencia y la rendición de cuentas de las entidades públicas y para fomentar la participación ciudadana. El acceso a la información se garantiza mediante la información que los sujetos obligados deben publicar, así como mediante el proceso de solicitud de información.

Base Legal

Decreto 57-2008, Artículo 10